Objetivo de la integración

Autoridad Única de Área para el Sur
los Estados Anzoátegui y Monagas

 

 

CREACIÓN

La Ley orgánica de la administración central establece en su articulo 4 que el presidente de la republica podrá designar autoridades únicas de área para el desarrollo de programas regionales o áreas con las atribuciones que determinen las disposiciones legales y decreto de creación.

   OBJETIVO

  • Planificar, programar, coordinar, ejecutar y controlar los planes y programas de ordenaciónón orientados al logro del desarrollo integral del área, enmarcados en los lineamientos de la Ccorporaciónón Vvenezolana de Guayana, decreto de creación de la autoridad y el articulo 60 de la ley orgánica de ordenamiento territorial.